Abogado de tenencia y régimen de visitas en 9 de Abril
Somos abogados de cuidado personal y régimen de comunicación y atendemos casos de 9 de Abril y la zona de Esteban Echeverría. Acordamos o litigamos el cuidado personal de los hijos y el régimen de comunicación (visitas).
Casos de cuidado personal y régimen de comunicación que resolvemos en 9 de Abril
- Cuidado personal compartido o unilateral
- Régimen de comunicación (visitas)
- Incumplimiento del régimen acordado
- Impedimento de contacto
Los trámites de cuidado personal y régimen de comunicación de 9 de Abril se radican, por regla general, en el Departamento Judicial de Lomas de Zamora. Conocemos los juzgados y tiempos de la zona, lo que nos permite encarar tu caso con criterio local desde el primer día.
Además de 9 de Abril, atendemos a clientes de Esteban Echeverría, Monte Grande, Luis Guillón, El Jagüel y Canning y alrededores, de forma presencial (con cita) o por videollamada.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el cuidado personal?
Es lo que antes se llamaba tenencia: con quién vive el hijo y quién toma sus decisiones cotidianas. Puede ser compartido (lo habitual) o unilateral.
¿Qué pasa si el otro no cumple el régimen acordado?
Se puede pedir su cumplimiento judicial y, según el caso, medidas para garantizar el contacto.
¿Qué hago si no me dejan ver a mi hijo?
Se solicita judicialmente la fijación de un régimen de comunicación y, ante el impedimento de contacto, medidas urgentes.
¿Qué es el régimen de comunicación?
Es el esquema de días y horarios en que el hijo se vincula con el progenitor con quien no convive (lo que antes se llamaba régimen de visitas).
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